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Hacinamiento penitenciario: un desafío estructural que compromete la eficacia del sistema de justicia penal

Hector S. Romero P.

Por Hector S. Romero P.
Procurador Fiscal

La respuesta del Estado frente a la criminalidad no puede evaluarse únicamente por la capacidad de investigar, acusar y obtener decisiones judiciales. La persecución penal constituye un sistema integrado cuya eficacia depende de que cada una de sus instituciones funcione de manera coordinada. Cuando uno de sus componentes presenta fallas estructurales, las consecuencias repercuten sobre toda la administración de justicia.

Precisamente esa es la realidad que actualmente enfrenta la jurisdicción de Santo Domingo Este y Santo Domingo Norte como consecuencia de la saturación del Centro de Retención de San Luis y la imposibilidad de recepción de nuevos privados de libertad en el Centro Penitenciario Las Parras.

Desde hace varias semanas, la suspensión en la recepción de internos en Las Parras (un recinto de recién creación), ha provocado que el Centro de Retención de San Luis opere por encima de su capacidad funcional, generando un evidente hacinamiento que dificulta el cumplimiento de las decisiones jurisdiccionales que imponen medidas de coerción privativas de libertad.

Esta situación no constituye un inconveniente meramente administrativo; representa una limitación material para la ejecución de resoluciones judiciales y afecta la operatividad de los organismos responsables del traslado, custodia y admisión de personas privadas de libertad.

Aunque la problemática ha sido particularmente visible en los procesos vinculados a violencia de género e intrafamiliar, sus efectos trascienden esa materia. Cada orden de prisión preventiva dictada por los tribunales de la jurisdicción enfrenta hoy obstáculos logísticos insalvables que repercuten en el cumplimiento efectivo de las garantías constituciones sobre esa persona que pesa una prisión preventiva, aunado a que genera una dificultad extraordinaria para que exista una coordinación eficaz entre el Ministerio Público, la Policía Nacional, la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales y los centros de detención.

El resultado es una sobrecarga operativa que impacta la totalidad de los procesos penales de Santo Domingo Este y Norte, afectando la continuidad del servicio público de justicia.

Desde una perspectiva constitucional, el problema adquiere una dimensión aún más relevante. El Estado tiene el deber de garantizar no solo la persecución eficaz del delito, sino también la ejecución efectiva de las decisiones judiciales y el respeto a la dignidad de las personas sometidas a medidas privativas de libertad.

El hacinamiento penitenciario incrementa los riesgos de vulneración de derechos fundamentales, dificulta el cumplimiento de los estándares mínimos de custodia y compromete principios esenciales como la tutela judicial efectiva, la seguridad jurídica y la razonabilidad del proceso.

Esta realidad evidencia que la política criminal no puede limitarse al fortalecimiento de la investigación y la litigación. Resulta indispensable que exista una adecuada planificación de la infraestructura penitenciaria y de la capacidad de recepción del sistema correccional, pues de lo contrario las decisiones adoptadas por jueces y fiscales encuentran obstáculos materiales para su ejecución. La eficacia de la justicia penal depende tanto de la fortaleza de sus instituciones jurídicas como de la capacidad operativa del sistema penitenciario para cumplir las decisiones emanadas de los tribunales.

La solución exige una respuesta institucional coordinada entre el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, orientada a restablecer la capacidad de recepción de los centros penitenciarios, optimizar los mecanismos de traslado y evitar que los centros de retención provisional continúen asumiendo funciones para las cuales no fueron concebidos. La eficiencia del proceso penal no puede quedar supeditada a limitaciones logísticas que, siendo estructurales, terminan afectando tanto los derechos de las víctimas como las garantías de los imputados.

La fortaleza del sistema de justicia penal no se mide exclusivamente por el número de investigaciones iniciadas o de condenas obtenidas, sino por su capacidad de hacer cumplir las decisiones judiciales dentro de un marco de legalidad, respeto a los derechos fundamentales y eficiencia institucional. Superar el actual escenario de hacinamiento no constituye únicamente una necesidad administrativa; representa un imperativo jurídico para preservar la credibilidad del sistema, asegurar la continuidad del servicio público de justicia y fortalecer el Estado de Derecho.

**** El autor es procurador fiscal, director de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados en la Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este-Norte.

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