Al quedar demostrada la responsabilidad penal de manos de los fiscales Ignacio Rojas y Alberto Olivares, del Departamento Litigación Definitiva de la Fiscalía en Santo Domingo Este-Norte, un tribunal de esta jurisdicción impuso condenas de 30 y 20 años de prisión a tres de ochos imputados en la muerte de tres reclusos en la penitenciaría nacional de La Victoria, en un suceso ocurrido en enero del 2022.
Los condenados a 30 años de prisión son Carlos Enrique del Orbe (a) El Cangrejo y Richard Alexander Jerez (a) Pellica, de 32 y 28 años de edad, respectivamente, el primero recluido en el Centro de Corrección Najayo-Hombre, en San Cristóbal y el segundo, en la cárcel pública de la ciudad de Moca.
En tanto, fue condenado a 20 años de prisión, José Francisco Martínez Sánchez (a) Chiquitín, de 25 años de edad y el cual se encuentra recluido en la cárcel del Pinito, en la provincia de La Vega.
En tantos a los imputados, Luís Alfredo Polanco Abad (a) El Perro, José Miguel Cabrera y/o Cabral (a) Pata Negra, Yeral De los Santos, Yobany Montero y Johan Manuel Hérnandez Martínez, les fueron dictadas sentencia absolutorias y Auto de No a Lugar, por no insuficiencia de pruebas.
Los tres condenados fueron encontrados culpables en las muertes de los reclusos Pedro Luis Moreno Díaz (a) El Gallero, Juan Nicolás Ovalles Ferrán (a) El Mello y Rafael Batista (a) Rasputín, de 30, 31 y 35 años de edad, respectivamente.
Las condenas y los descargos fueron dictados por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

De acuerdo a la acusación, el suceso ocurrió el 15 de enero del 2022, aproximadamente a las 11:30 p.m., cuando los ahora occisos (alías El Gallero y El Mello ) se encontraban en las celdas 1 y 2 del patio de la penitenciaría nacional de La Victoria.
Allí fueron sorprendidos por el imputado (a) El Cangrejo, quien portaba un arma de fuego tipo pistola, marca Bersa Mini Thunder, calibre 9mm, número 662023, y quien estaba en compañía de los otros dos condenados.

Alías El Cangrejo les ocasionó a los dos múltiples disparos, que le produjeron la muerte a causa shock hemorrágico por heridas en el tórax del lado izquierdo con salida en la región dorsal lado derecho y otras partes del cuerpo, según el Acta de Levantamiento de Cadáver número 056355, expedido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF).
Posteriormente, (a) El Cangrejo entró a la goleta donde se encontraba (a) Rasputín y le propinó varios disparos, en compañía de los condenados (a) El Perro y (a) Pellica, quienes con armas blanca, le ocasionaron varías heridas cortantes al ahora occiso.
Las investigaciones de las autoridades determinaron que la agresión a los ahora occisos, habría sido para despojarlos de dinero y prendas, ya que estos se dedicaban a negocios dentro de las celdas.
Las victimas estaban condenados o acusados por violación a los artículos 265, 266, 295 y 304 del Código Penal Dominicano; la Ley 36 sobre Porte y Tenencia de Armas y la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.
En el juicio, realizado el 28 de mayo del 2025, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), José Leonel Asencio Quezada y Yury Cuevas de la Cruz (miembros), encontró culpables a los tres justiciables de violentar los Artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298, 304, 379, 381, 382, 384, 385 y 386 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la Asociación de Malhechores, Asesinato y Robo Agravado.
También la violación de los Artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Fue acogida la querella de constitución en actor civil, imponiéndose a los tres justiciable el pago de tres millones de pesos de indemnización, a favor de los familiares de los occisos.
También se le impuso al condenado alía El Cangrejo el pago de una multa de 50 salarios mínimos favor del Estado Dominicano.
El fiscal Wilson Díaz, del Departamento de Crímenes y Delitos Contra la Persona de la Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este-Norte, estuvo a su cargo la formulación de acusación y solicitud de Auto de Apertura a Juicio a los ahora condenados.
El tribunal ordenó que las condenas de 30 y 20 años sean cumplidas en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-hombre, en la provincia San Cristóbal, en la cárcel pública de la ciudad de Moca y la cárcel del Pinito, en la provincia de La Vega.
También,que la decisión sea comunicada al juez de la Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.
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