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Condenado a 30 años de prisión hombre implicado en asesinato de otro en El Isabelita, SDE

Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

Luego de acoger la solicitud de los fiscales Francisco Vinicio y Alexis Casado, del Departamento Litigación Definitiva de la Fiscalía en Santo Domingo Este-Norte, un tribunal condenó a 30 años de prisión a un hombre, implicado junto con otros (prófugos), en el asesinato de otro hombre, en un suceso ocurrido en el sector ensanche Isabelita, en Santo Domingo Este

El condenado es Yunior Andres Soldevilla (a) Chuki, de 19 años de edad, domiciliado en la calle 10 esquina 07, s/n, del referido sector y municipio.

Fue encontrado culpable de asociarse con otros individuos, y cometer el asesinato de Alam Eddyczon Florentino (a) Churulo y/o Chiquito, de 19 años de edad, quien residía en la calle 12, respaldo 07, No. 15, en el mismo sector y municipio del victimario.

La condena fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

De acuerdo con la acusación presentada por la fiscal Dahiana Castillo, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra las Personas de la Fiscalía de Santo Domingo-Norte, el hecho ocurrió alrededor de las 12:00 de la madrugada, del 26 de febrero del 2025, cuando presuntamente el imputado realizó varios disparos contra la víctima frente a un negocio de pizzas ubicado en la calle 12 del referido sector.

Establece la acusación, que hechos ocurren en el momento en que la víctima, Alam Eddyczon Florentino (a) Churulo y/o Chiquito, mientras estaba en la calle 12, del ensanche Isabelita, Santo Domingo este, frente al negocio de las pizzas, y llega su amigo el nombrado José Miguel Joaquín Montero (a) El Locon, herido en una mano, a lo que, el ahora occiso (a) Churulo  pregunta qué le ha pasado, y este a su vez le manifiesta que fueron esos muchachos que vienen ahí refiriéndose al imputado Yunior.

En ese momento el hoy occiso vocifera, que se vayan de ahí, que no le calienten la zona y entonces, Chuki, Kevin, Joan y otros dos individuos hasta el momento no identificados, se quita la correa y sale para donde el grupo por lo que el grupo salió corriendo.

Momentos más tarde regresan dos de los jóvenes que se habían corrido, saludan a Churulo, y se acerca el ahora condenado (a) Chuki, haciendo varios disparos e hiriendo a Churulo en varias partes del cuerpo.

Según el expediente, Florentino fue trasladado al Hospital Traumatológico Dr. Darío Contreras, donde falleció mientras recibía atenciones médicas.

 El informe de autopsia estableció que la causa de muerte fue una herida por proyectil de arma de fuego que le provocó una hemorragia interna por laceración de la arteria ilíaca interna derecha.

En su acusación, el Ministerio Público señala que el imputado fue arrestado mediante una orden judicial emitida el 26 de febrero de 2025 y ejecutada al día siguiente por miembros de la Policía Nacional.

Durante la investigación, las autoridades ocuparon una pistola marca Sig Sauer, calibre 9 milímetros, la cual, de acuerdo con los informes de balística del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), presentó coincidencias con los casquillos recolectados en la escena y con el proyectil extraído del cuerpo de la víctima.

Fue así que luego de ejecutada la Orden de Arresto Judicial, un juez de la Jurisdicción de Atención Permanente, le impuso medida de coerción de prisión preventiva, para ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-Hombre, en la provincia de San Cristóbal.

En el juicio, realizado el 21 de julio del 2026, el tribunal presidido por el magistrado Julio De los Santos Morla, y compuesto además por las magistradas Clara Y. Rivera Franco y Yuri Cuevas de la Cruz, encontró al encartado culpable en la violación de los Artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 302 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la Asociación de Malhechores y el asesinato.

La fiscal Dahiana E. Castillo Antigua, de Departamento de Crímenes y Delitos Contra la Persona de Procuraduría Fiscal de la provincia Santo Domingo, estuvo a su cargo las investigaciones y formulación de acusación del imputado.

El fallo establece que la condena sea cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-hombre, en la provincia San Cristóbal, y que sea comunicada la decisión al juez de la Ejecución de la Pena.

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