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Condenado a 30 años de prisión hombre asesinó a su primo para robarle en Villa Mella

Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

En un nuevo juicio y luego de demostrada la responsabilidad penal de manos de la fiscal Ana Basora, del Departamento de Litigación Definitiva de la Fiscalía en Santo Domingo Este-Norte, un tribunal condenó a 30 años de prisión a un hombre, encontrado culpable en el asesinato de su primo hermano, al cual posteriormente robo las pertenencias, en un suceso ocurrido en el sector La Hacienda Estrella, en el municipio Santo Domingo Norte.

El condenado a 30 años de prisión es Yimi Francisco Acosta Mateo, de 48 años de edad, domiciliado en la calle Paseo de los Reyes Católico, Edificio B, número 108, del sector El Caliche, en Cristo Rey, Distrito Nacional.

Fue encontrado culpable en el asesinato de Pablo Geovani Toribio Acosta (a) Vani, de 52 años de edad, quien residía en la calle 30 número 12, del sector Villa Mella, en el municipio de Santo Domingo Norte.

La sentencia fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.

El ahora condenado, que gozaba de libertad y asistió al tribunal de manera voluntaria y por sus propios medios, quedó bajo arresto en la sala de audiencias, tras ser acogida la variación de medida de coerción solicitada por el Ministerio Público.

De acuerdo al expediente, el 31 de enero del 2022, aproximadamente a 2:00 p.m, en la calle principal del sector La Hacienda Estrella, en el municipio Santo Domingo Norte, fue encontrado, el cadáver de Pablo Geovani Toribio Acosta (a) Vani en el interior de su vehículo, un Jeep marca Mitsubishi Montero, color gris, a causa de múltiples heridas punzo penetrantes en cara lateral derecha del cuello y hemitórax izquierdo, la que habrían sido ocasionadas por su primo el ahora condenado Yimi Francisco Acosta Mateo, quien luego de causarle la muerte, procedió a sustraerle a la víctima una cantidad indeterminada de dinero y una cadena de oro.

Establece el documento, que el ahora occiso Toribio Acosta (a) Vani, se encontraba en su Jeepeta en el sector Villa Jerusalén en el colmado de Francisco Antonio Reynoso Bonifacio (a) Tonito, y allí se presentó su primo, el ahora condenado, Yimi Francisco Acosta Mateo, manifestándole que lo acompañara al Car wash El Coco, ubicado en el sector Harás Nacionales, en Santo Domingo Norte, para él dejar lavando su vehículo, no dilatarse, saliendo ambos a eso de las 10:00 a.m., horas aproximadas de la mañana, en sus respectivos vehículos dejando el carro del Yimi Francisco Acosta Mateo con un lavador, regresando ambos al sector villa Jerusalén a las 10:35, horas aproximadas de la mañana en el vehículo del occiso.

Indican, que el hoy occiso Pablo Geovani Toribio Acosta (a) Vani y su primo, Yimi Francisco Acosta Mateo, regresaron al sector Jerusalén, ambos se dirigieron a la casa de la víctima, esposa de este último, le estaba haciendo un cocido al occiso para que se desayunara antes de irse al aeropuerto Las Américas donde abordaría un vuelo a las tres de la tarde, con destinos a los Estados Unidos.

Mientras el imputado, lo esperaba fuera de la casa, luego que la víctima salió de su casa y se encontró nuevamente con el imputado Yimi Francisco Acosta Mateo, con quien hizo el compromiso de llevarlo a recoger su vehículo que había dejado lavando dos horas antes en el car walsh, abordando el imputado el vehículo del occiso, ocupando el lado de derecho del asiento del pasajero.

El hoy occiso Pablo Geovani Toribio Acosta (a) Vani y el imputado Yimi Francisco Acosta Mateo, fueron vistos por diferentes testigo a bordo del vehículo de la víctima, entre ellos a eso de las 11:00 de la mañana en momento que fuero al colmado de la señora Emelinda Berroa Cruz, quien le despacho una cerveza al occiso. siendo pasada por la señora Flor María Rojas López, quien se la entregó a la víctima en sus manos, ya que ni él ni el imputado se desmontaron del vehículo.

También, a eso de las 11:40 a.m. la señora Celinex De La Cruz Polanco, pudo ver justo el momento en que el hoy occiso Pablo Geovani Toribio Acosta (a) Vani y el imputado Yimi Francisco Acosta Mateo, abordaba ambos la Jeepeta marca Mitsubishi Montero, color gris, placa No. G142302 propiedad de la víctima, ocupado el imputado el lado del pasajero y luego ambos se marcharon rumbo desconocido. Luego la referida señora se enteró horas más tardes que a Pablo Geovani, lo habían matado.

Según el acta de levantamiento de cadáver No. 059412 de fecha 31-01-2022 de seis (06) a siete (07) horas, el tiempo transcurrido entre la hora de la muerte y la hora del levantamiento, tiempo este aproximado cuando ambos fueron vistos juntos a bordo del vehículo del occiso.

El imputado Yimi Francisco Acosta Mateo, fue arrestado el 12 de febrero del 2022, en virtud de orden judicial orden judicial No. 973-2022-EMES-01380 de fecha. 08-02-2022, por sospecha de haberle ocasionado la muerte a la víctima.

El imputado Yimi Francisco, fue despachado para profundizar la investigación, siendo arrestado por segunda ocasión en el nueve de marzo del 2023, mientras el mismo se encontraba en la calle Reyes Católico, barrio El Caliche, del sector Cristo Rey, en el Distrito Nacional, mediante la orden judicial No. 530-2022-EMES-00536.

El 17 de marzo del 2023, conforme a la Resolución 530-2023-SMEC-00628, emitido por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo Este, le fue impuesta medida de coerción prisión preventiva al imputado Yimi Francisco, para ser recluido en la penitenciaría nacional de La Victoria.

En un primer juicio realizado el año 2023 en el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, al justiciable le fue dictada absolución y junto con la decisión, le fue variada la medida de coerción de prisión preventiva.

Este fallo fue recurrido en la Corte de Apelación, que ordenó la realización de un nuevo juicio.

En ese nuevo juicio, realizado el 01 de julio del 2026, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Clara Y. Rivera Franco y Isaías R. Martínez P. (miembros), encontró al justiciable culpable en la violación a los artículos 295, 298, 302, 379, 382, 385, 386, del Código Penal Dominicano y los art. 83 y 86 de la ley 631-16, sobre el Control y Regulación de arma, Municiones y Materiales Relacionados.

El ahora condenado, que gozaba de libertad y asistió al tribunal de manera voluntaria y por sus propios medios, quedó bajo arresto en la sala de audiencias, tras ser acogida la variación de medida de coerción solicitada por el Ministerio Público.

Con la querella de constitución en actor civil, interpuesta por el abogado Andrés Toribio, el tribunal impuso al condenado el pago de una indemnización de dos millones de pesos a favor de los familiares del occiso.

El fiscal Wilson Díaz, del Departamento de Crímenes y Delitos Contra Las Personas de la Procuraduría Fiscal en Santo Domingo Este, estuvo a su cargo la investigación y formulación de acusación.

El fallo del tribunal dispones que la condena de 30 años de prisión sea cumplida en en la penitenciaría nacional de La Victoria, y el fallo sea comunicado al juez de Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.

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