Al cumplir 20 años promoviendo la paz social a través del diálogo, el Servicio de Mediación del Poder Judicial de República Dominicana presenta un balance de más de 270,000 personas atendidas y 50,000 sesiones realizadas, como modelo de justicia voluntaria a través del cual se logró materializar unos 30,000 acuerdos amistosos de conflictos que no fueron judicializados.
Este es el resultado del compromiso del Poder Judicial con una justicia inclusiva, eficiente y centrada en las personas, consolidándose como un pilar para el acceso oportuno, la paz social y la resolución dialogada de los conflictos en República Dominicana.
Este servicio ha impactado de manera directa a unas 70,000 personas mediante el impulso de soluciones pacíficas y consensuadas entre las partes.
La mediación, cuyo uso declarado política pública por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia mediante la Resolución núm. 402-06, del 9 de marzo de 2006, impulsando su aplicación en los tribunales.
Este método de resolución de conflictos se ha consolidado como una forma efectiva para resolver conflictos sin necesidad de llegar a los tribunales, obteniendo soluciones rápidas, consensuadas y propuestas por las personas vinculadas a la controversia.
El primer Centro de Mediación Familiar (CEMEFA) fue habilitado el 26 de abril de 2006, en el sector Gascue, Distrito Nacional, marcando el inicio del servicio y constituyéndose en un hito para la justicia dominicana.
Impacto y alcance
El Poder Judicial cuenta con 16 centros de mediación judicial con cobertura del servicio en los departamentos judiciales del Distrito Nacional, Santo Domingo, La Vega, San Francisco de Macorís, Puerto Plata y San Pedro de Macorís atendidos por mediadores y mediadoras certificados (as) con alta especialización técnica.
El servicio de mediación tiene cobertura en todas las Casas Comunitarias de Justicia, espacios orientados a la prevención de conflictos, la educación ciudadana y la articulación interinstitucional.
Los casos atendidos abarcan materia civil, familiar, comunitaria y penal, destacando casos de guarda, alimento, régimen de visitas, autoridad parental, cobros, inquilinato, convivencia comunitaria, temas de condominio, así como estafas, abuso de confianza, amenazas y otros conflictos de menor cuantía.
Para el año 2024 y dando continuidad al acuerdo suscrito con el Centro Casas Comunitarias de Justicia, se habilitan los centros de mediación en Santiago (Hato del Yaque) y Puerto Plata, completando la totalidad de las casas que ofrecen el servicio.
Un avance normativo clave lo constituye la Resolución núm. 446-2023 dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, la cual establece el Reglamento General sobre Mecanismos No Adversariales de Resolución de Conflictos y la Guía para la Derivación Judicial a Mediación y Conciliación. A través de la actualización de este Reglamento se fortaleció la derivación de casos en todas las materias.















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