Advertisement

Imponen 20 años de prisión a hombre por violación sexual de su hijastra en Boca Chica

Ilustración.

El Segundo Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo, condenó a 20 años de prisión a un hombre, encontrado culpable en la violación sexual de su hijastra de 13 años de edad, en un suceso ocurrido en el municipio de Boca Chica.

El condenado es Ramón Antonio Contreras Aquino, de 35 años de edad, domiciliado en la calle 20, número 36, en el sector La Caleta, en el referido municipio.

El justiciable fue encontrado culpable en la violación sexual e incesto de su hijastra, que al cometer el ilícito penal, era una menor 13 años de edad, en un suceso ocurridos desde el año 2018.

De acuerdo a la acusación en tres de junio del año 2024, se presentó por ante la Unidad de Atención de Víctimas de Violencia de Genero, Sexual e Intrafamiliar de la Provincia de Santo Domingo, la joven victima (quien ya es mayor de edad) y a través de la denuncia marcada número 6075, denuncio a su padrastro y padre de dos de sus hermanos, el ahora condenado Ramón Antonio Contreras Aquino, por el hecho de que la tocaba y agredía sexualmente desde que ella tenía 13 años de edad aproximadamente y que este aprovechaba que su madre salía para entrar a su habitación y agredirla sexualmente.

Además, la denunciante refirió que en una oportunidad cuando estaba de vacaciones por espacio de un mes en el municipio de La Caleta, que el imputado la abusó sexualmente y que producto de ello estuvo embarazada y que luego este la hizo abortar suministrándole unas pastilla abortivas y debido a ello tenía un dolor por la cual le manifestó a su abuela de lo ocurrido y esta llamo al 911 y estos constataron que la adolescente estaba embarazada e iniciaron una investigación.

La denunciante sostuvo que el imputado le pidió que dijera que quien la había embarazado fue un joven del Residencia Italia. Además, la referida denunciante manifestó que su madre se enteró de lo que a ella les había sucedido debido a unos videos que el imputado hizo abusándola sexualmente.

El uno de julio del año 2024, el ahora condenado resultó detenido mediante Orden Judicial de Arresto número 973-2024-EMES-07734, y posteriormente, mediante la Resolución penal Número 530-2024-SMEC-01641, de 8 de julio del 2024, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santo Domingo, le impuso medida de coerción establecida en el inciso 7 del artículo 226 del Código Procesal Penal, consistente en Prisión Preventiva, por un periodo de tres meses, en el CCR-17 Najayo Hombres, en San Cristóbal.

El 13 enero del 2025, el Décimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Santo Domingo dictó el Auto de Apertura a Juicio Número 1853-2025-SRES-00001, mediante el cual, entre otras cosas, acogió como válida la acusación presentada por la parte acusadora y envió por ante el tribunal de juicio, acusado de violar de los artículos 307 y 332-1 del Código Penal Dominicano, variando la medida de coerción de prisión preventiva por garantía económica; orden de alejamiento y presentación periódica.

En el juicio, el tribunal compuesto por Josefina Ubiera Guerrero (presidente), Yury Cuevas de la Cruz y Isaías R. Martínez P. (miembros), encontró al imputado culpable en la violación de los Artículo 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, modificado por la ley 24-97, que tipifican y sancionan la Violación Sexual e Incesto.

Con su fallo, el tribunal dispuso variación de las medidas de coerción, a que estaba sujeto el imputado, por prisión, ante el peligro de fuga que presentaba por la pena impuesta, siendo arrestado en la Sala de Audiencias.

La sentencia de 20 años de prisión, fue luego de acoger la solicitud del abogado Alexis Abreu, querellante-actor civil en el proceso.

El condenado deberá pagarle una indemnización por el monto de un millón pesos como justa reparación por los daños ocasionados a la víctima.

La fiscal Yessica Martínez, de la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Genero, Sexual e Intrafamiliar de la provincia de Santo Domingo, estuvo a su cargo la investigación y formulación de acusación.

La sentencia establece que el condenado cumpla la pena impuesta en Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) La Parra, en el municipio de San Antonio de Guerra, en la provincia Santo Domingo, y que la decisión sea comunicada al juez de la Ejecución de la Pena, para su cumplimiento.

La Sentencia número 54804-2025-SSEN-00641 de fecha 17 de diciembre del 2025, se le dio lectura integra el 14 de enero del 2026.

NOTICIA RELACIONADA:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *