Bajo estrictas medidas de seguridad es conocida la mañana de este viernes24 de enero, el rol de medida de coerción en contra de los acusados en la presunta red internacional de narcotráfico y lavado de activos, vinculada a la incautación de 9.8 toneladas de cocaína en el Puerto Multimodal Caucedo el pasado mes de diciembre de 2024.
Los justiciables son los José Nicolás Castillo Hart (a) “Nikito”; Winston Armando Tejera Rodríguez (a) “Barbikin”; Cristian Rayner Canela Aybar; Nelson Neftalí Mercedes Lugo; Dulvi Jesús De los Santos; Enriquillo Luis Brito y Enrique José Luis Brito.
Este día, un nuevo justiciable fue agregado a la solicitud de medida de coerción, luego de ser acogida una solicitud de fusión, la mañana del pasado jueves.
Se trata de Alexander Henríquez Castro, quien se entregó recientemente a las autoridades.
La jueza Karen Casado Minyetty, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente en Santo Domingo Este, tiene a su cargo el conocimiento del rol de medida coerción, el cual fue aplazado el 16 de enero, a solicitud de los abogados de la defensa.
Según la solicitud de coerción, durante los allanamientos fueron incautados más de 22 millones en efectivo, en pesos y en dólares. Además, 20 vehículos livianos, 10 vehículos pesados, 10 contenedores, tres motocicletas, tres pasolas y cinco motores fuera de borda; así como armas de fuego.
Los representantes del Ministerio Público catalogaron a la Operación Panthera 7 como una de las mayores ofensivas operativas en contra del crimen organizado realizada en el hemisferio. Al tiempo que, reiteraron que, en el transcurso de la investigación, se han recolectado evidencias que demuestran que los 9,587 paquetes con un peso de 9,889 kilos de cocaína fueron traídos a la República Dominicana desde Colombia por vía marítima, específicamente, por Bayahibe, La Romana y Pedernales, en meses previos a diciembre de 2024.
El Ministerio Público sostiene que los imputados violaron los artículos 59, 60, 265, y 266 del Código Penal Domnicano, el cual tipifica “Asociación de malhechores”, así como, los artículos 58, 59, 60, 75 y 85 de la Ley 50-88, sobre Drogas Narcóticas, los cuales tipifican “Tráfico de Drogas y Patrocinio”.
Además, a Enriquillo Luis Brito y Enrique José Luis Brito también se les acusa de violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, y el artículo 3 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, en perjuicio del Estado Dominicano.
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