En el refranero dominicano es común afirmar que ‘El dominicano compra candado cuando le han robado’, frase que denota una cierta impericia e imprevisión a cargo de los nacidos en la media isla de Santo Domingo. Esta afirmación se puede perfectamente aunar a una qué, antítesis de la anterior, puede servir a los propósitos del presente análisis, “Si ves arder la barba de tu vecino, pon la tuya en remojo”. Una, retrata descuido y la otra, prevención, auto protección reflexiva y asunción de precedentes.
En el mundo de nosotros, los abogados, solemos solo esgrimir la necesidad de amparo justiciero cuando somos partes de un proceso, cuando asalariados del desafortunado, blandimos sus derechos y protestamos las injusticias de que fuera objeto. Esto, nos ubica bajo el epígrafe de la primera frase, pues no previmos, no anticipamos, solo adquirimos el candado para evitar un robo que podría no ocurrir a partir de una realidad, ya fuimos robados.
Sin embargo, el candado, sistema de guarda y cerrojo de posesiones, sirve solo a dicho propósito de forma precaria, quedando el propietario de lo guardado a expensas de ser asolado por otros males aún peor que el robo. Sus vecinos y otros no cercanos, de cuyos casos le informan los medios de comunicación, han testimoniado ser víctimas de saqueos, pillajes, atracos, asesinatos de queridos, y muchos otros males que el candado no podría impedir, y de los que, él también puede ser víctima.
Como se ve, comprar candados es una reacción, un acto reflejo como respuesta al mal ya consumado, no es escudo sino consecuencia y respuesta que nace de la desazón y frustración, y que puede inspirar en otros comprar candados a partir de la nefasta experiencia del sisado, entonces poner candados, en estos últimos, es poner su barba en remojo, exorcizar males por medio a remedios preventivos. Es verse en lugar del otro de forma hipotética y acometer las acciones que le eviten cursar similar suerte.
El día de ayer, tristemente vimos a la ex diputada del PRM primero, y de La Vega después, hacerse en una injusta prisión para cumplir una pena pronunciada de cinco años. La trilogía, Pilarte, PRM y La Vega han sido vencidos por la falta de solidaridad, la deslealtad, el incumplimiento de compromisos y del populismo que se manifiesta en los grandes titulares que lanzan baldón y lastre a todos y al congreso nacional, constituyendo esto el candado que no pudo evitar el mal.
La dama fue condenada siendo ex diputada, por una Corte que le era incompetente en razón de la desaparición de su fuero, y por ende, de su privilegio de jurisdicción. Perdió un grado de jurisdicción, perdió el recurso de apelación que representa un derecho parte del debido proceso, fue expuesta ante el pleno de una corte política, políticamente elegida por un órgano políticamente establecido en nuestra Constitución política, cuerpo que ya no era apto para conocer una casación que deplora los hechos y se fija en los fríos e inhumanos procedimientos.
La Pilarte, otrora financista de actividades políticas del PRM, por lo que fue perseguida penalmente por el anterior gobierno, perseguida política que no fue amparada ni respaldada por los verdaderos objetivos de aquella primaria persecución, quienes asentados en el gobierno prefirieron verla caer para subir su popularidad, lo que no ocurrió, pues la diputada linchada es de alma y corazón perremeista y compañera de los aperfumados funcionarios, legisladores y ediles, muchos de ellos ayer pobres y hoy no tanto, pero sí claramente traicioneros y poco empáticos.
Los que deben poner en remojo sus barbas son los diputados, alguno que otro rico hecho al fragor del ejercicio de la función pública o antes, pero que ostente un cargo que esté desamparado del privilegio de jurisdicción, porque dicho privilegio no es tal, y lejos de amparar desampara. Es a estos funcionarios electos o designados a quienes procurarán igualar a los rateros y malandrines de baja estopa, a los distribuidores de venenos embrutecedores y adormecedores empacados en pequeñas fundas plásticas, a los atracadores y ladronzuelos de baratijas, reduciéndolos a la condición de salvajes animales que requieren ser enjaulados para cuidado del colectivo en peligro de sus posibles feroces ataques.
Nuestra Suprema Corte de Justicia acomete una suprema injusticia y un vil acto de desamparo. Si bien para favorecer a políticos, les creó una jurisdicción no mandada por la Constitución, pero que procuraba la salvaguarda y reconocimiento del derecho a recurrir, constitucional y convencionalmente ordenado. Olvidó que este auxilio no llenaba a cabalidad el derecho al doble grado de jurisdicción que cada vez más se pretende dislocar, distorsionar, desnaturalizar y afectar en pro de la celeridad y la economía procesal. Es más importante lo rápido que lo correcto.
Al momento de su fallo, a sabiendas de que no obró recurso de apelación, el que es más democrático en los objetivos procesales, al menos esta dama, hoy descendida a la más abyecta e inhumana condición, ayer legisladora, mereció del pleno llamado a ser justo, al menos su nombre así lo indica, que sobreseyeran la ejecución de la prisión a la interposición de recursos, pues desde el años 2010 existe un Tribunal Constitucional, y ya deben aceptar la realidad de la precariedad de la cláusula de cierre procesal de las decisiones en último grado del sistema ordinario de justicia que ellos encarnan, hay algo más allá del Sol. Y ella, la Pilarte, no por ser ella, sino por ser lo mismo que ellos, merecía que la ejecución de una decisión vedada de la observación profesional de la misma cantidad de oportunidades que los procesos ordinarios, fuera el único tribunal posible, el Constitucional, que decidiera finalmente su suerte y el momento de hacer ejecutable una decisión claramente anulable, pero ya eso es propio del fondo.
Hubo una rara e inusitada rapidez, un afán por obtener el titular, por sacrificar a alguien sin valor político a los fines de hablar de justicia equitativa, de no tener miramientos. Dos camiones de policías para arrestar una simple ama de casa, a una mujer desvalida y atormentada por los demonios del proceso penal, disminuida física y psicológicamente por el vapor caluroso de la idea de la cárcel, la cárcel, la condición para la que no se educó ni hizo porqué, aunque los jueces no lo pudieron ver en el icónico proceso de lavado de activos sin delitos precedentes.
Y al final, el placer soterrado de los verdaderos malandrines, de los que se ceban del mal ajeno, que en sus casos, es pieza de ajedrez movido a sus despropósitos y que ayuda a ocultar o acallar el verdadero latrocinio.
¿Porqué la prisa? Porque saben que la sentencia no resiste un análisis constitucional. ¿O no?.
****El autor es abogado con especialidad en Derecho Penal, Procesal Penal, Administrativo y Económico y Financiero de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y Derecho Constitucional de la Universidad Castilla La Mancha (UCLM), España.
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